
Cordial Saludo:
Se anexa oficio nº 06061 del proceso 2018-00138, cabe destacar que a las entidades que se emite ordenes, el término para su cumplimiento de 15 días hábiles, a partir del recibo de la presente notificación
SE SOLICITA COMEDIDAMENTE CONFIRMAR RECIBIDO.
Prueba Electrónica: al recibir el acuse de recibo por parte de esta dependencia se entiende como aceptado y se recepciona como documento prueba de entrega del usuario. (Ley 527 del 18-08-99), reconocimientos jurídicos de los mensajes de datos en forma electrónica a través de las redes telemáticas.
<https://onedrive.live.com/download?cid=A82CAA53E5BBF573&resid=A82CAA53E5BBF573%21126&authkey=AHbUmGleuZLSX1Q>
Descargar jpg incluida en el recuadro donde encontrará los motivos a a activación del aparato judicial Descargar Demanda e información detallada en el recuadro incluido Juzgado 001 Civil Circuito Bogotá D. C.
Sírvase comparecer a este recinto judicial de manera inmediata dentro de los próximos ( cinco ) días hábiles subsiguientes a la notificación concedida , a fin de escuchar en su derecho de legítima defensa principio inalienable como es resaltado en nuestra constitución colombiana . Esta posición de la corte ha sido reiterada en sus pronunciamientos que abarcan tanto el modelo mixto de tendencia inquisitiva inicialmente adoptado por la constitución del 91 y desarrollado básicamente por el decreto 2700 de 1991 y la ley 600 de 2000 , como el sistema procesal penal de tendencia acusatoria incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Acto Legislativo 03 de 2002 y desarrollado por el legislador a través de la ley 906 de 2004 ,con las modificaciones introducidas por la ley 1142 de 2007
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