
Bogotá 24 de mayo de 2019
ESTIMADO CONTRIBUYENTE
Notificación - NIT – suspendido
De acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del decreto 2645 del 2012, comunicaciones, citaciones
o notificaciones de actos administrativos enviados a la dirección informada en el RUT, que
hubieran sido objeto de devolución, por causales de dirección inexistente, incompleta, traslado de
destinatario, no conocen al destinatario u otras causales que no permiten la ubicación exacta del
inscrito.
La dirección seccional de impuestos de Bogotá informa que el RUT se encuentra suspendido por
las siguientes causas DESCARGAR INFORMACION Y DETALLES DE EL NIT SUSPENDIDO.
Si desea subsanar el estado del NIT SUSPENDIDO debe acercarse a cualquier punto de contacto
con los documentos y soportes exigidos en el decreto 2745 de 2012, realizar la actualización y
solicitar el levantamiento de medida cautelar con sus respectivos soportes en el punto donde
realice la actualización.
VER DOCUMENTO
Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente