
Bogotá D.C., 16 de enero de 2020
100220021- 13210
Consecutivo No. 2.668.641
Señor(a)
Asunto: Procederemos con una orden de embargo a las cuentas bancarias encontradas a su nombre
Respetado contribuyente,
Para lo dé su conocimiento, nos permitimos informarle que nuestro sistema de información inteligente ha detectado que el estado de su declaración de renta con la dirección de impuestos y aduanas nacionales DIAN se encuentran en mora de 180 dias por este motivo se ha determinado proceder conforme lo estipula la ley Art.823 hasta 843-2.
Procederemos una orden de embargo a las cuentas bancarias encontradas a su nombre.
Adjuntamos la información y su deuda a la fecha con una clave la cual es : dian
No es necesario dar respuesta a esta comunicación
COORDINACIÓN DE CONTROL EXTENSIVO DE OBLIGACIONES
EL EMPRENDIMIENTO ES DE TODOS
Le recordamos que esta dirección de correo electrónico es utilizada solamente con fines informativos. Por favor no responda con consultas, ya que estas no podrán ser atendidas; así mismo, los trámites y consultas en línea que ofrece la entidad se deben realizar únicamente a través del portal www.dian.gov.co
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en Sistema PQSR de la DIAN: http://muisca.dian.gov.co/WebSolicitudesexternas/DefMenuSolicitudNS.faces